Solicitud de Inscripción en el Registro Público de Consultores a que se refiere el artículo 135° ter de la Ley General de Servicios Eléctricos
CNE
El trámite Solicitud de Inscripción en el Registro Público de Consultores a que se refiere el artículo 135° ter de la Ley General de Servicios Eléctricos lo gestiona la Comisión Nacional de Energía (CNE). En simple: La Comisión Nacional de Energía debe crear y mantener un registro público de consultores al que se refiere el inciso quinto del artículo 135° ter de la LGSE, el que debe estar actualizado y disponible en el sitio web de la CNE, y sin costo para los interesados. Para ello la CNE convocará, mediante la publicación al menos una vez al año, en medios de circulación nacional, una resolución exenta, la
Se hace en línea, sin ir a una oficina. Y es gratis.
Para trámites en línea suele pedirse ClaveÚnica. Más abajo te dejamos el enlace al sitio oficial, donde puedes revisar los requisitos al detalle y realizar el trámite.
Lo que conviene preparar
Antes de comenzar, revisa que tu cédula de identidad esté vigente y, si el trámite es en línea, que cuentes con tu ClaveÚnica activa. Son los dos elementos que se piden con más frecuencia.
Los requisitos exactos dependen de tu caso concreto, y pueden cambiar con el tiempo. La fuente más fiable siempre es la página oficial de CNE, que enlazamos más abajo.
Todo desde el computador
No necesitas ir a ninguna oficina: este trámite se completa en línea. Normalmente ingresas con tu ClaveÚnica al sitio oficial, completas el formulario y sigues las indicaciones en pantalla. Te ahorras la fila y puedes hacerlo a cualquier hora.
Si es la primera vez que usas la plataforma, dedica unos minutos a familiarizarte con ella antes de empezar. Así el proceso fluye sin sobresaltos.
Es gratis
No se cobra por este trámite en los canales oficiales. Si alguien te pide dinero para "agilizarlo", ten cuidado: puedes gestionarlo por tu cuenta sin costo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta Solicitud de Inscripción en el Registro Público de Consultores a que se refiere el artículo 135° ter de la Ley General de Servicios Eléctricos?
Este trámite es gratuito. Solo asegúrate de hacerlo por los canales oficiales para no pagar de más a terceros.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, este trámite se puede hacer en línea. Normalmente necesitarás tu ClaveÚnica para identificarte.
¿Este sitio es oficial?
No. Trámite Fácil es un sitio informativo independiente. Te explicamos cómo funciona el trámite y te enlazamos al sitio oficial de CNE para que lo hagas tú mismo.
Fuente de los datos: Registro Nacional de Trámites (Nómina de trámites vigentes a 2022, datos.gob.cl)